
En una sentencia predecible mas no por ello aceptable, el TSJ desestima una petición de igualar las uniones homosexuales al nivel del matrimonio convencional o del concubinato heterosexual, ambos amparados y garantizados por la constitución.
De esa forma, se obstruye una vez más una iniciativa que procura proteger y amparar por la constitución a las uniones no-hetero (con todos los derechos y deberes que ello implica), quienes constituyen una minoría importante dentro de nuestra “moralista” sociedad.


























